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PUNTOS DE VENTA ALCOHOL KILLER BARCELONA

PUNTOS DE VENTA ALCOHOL KILLER BARCELONA

 

ANTIC CELLER GRACIA:   TORRENT D´EN VIDALET, 52

QUILEZ BARCELONA:   ARAGO/RBLA CATALUNYA

QUILEZ SANT CUGAT:  CTRA CERDANYOLA,8

VEREMA I COLLITA:   PÇA JOANICH,5

CELLER CA´N DANI:   TRAV. DE GRACIA, 119

EL REBOST DELS VINYARS:  GRAN VIA,734

LICORS CARCELLE:  SANTIAGO RUSIÑOL, 20-22

LAFUENTE: JUAN SEBASTIAN BACH,20

DE TOT EL BORN:   PASEIG DEL BORNE,16

TESI:   PRINCESA, 55

VILA:  AGULLERS, 7

QUEVIURES SERRA: GIRONA/AUSIAS MARCH

 

 

CELLER VALLES: Avda CONSTITUCION, 202 (CASTELLDEFELS)

HNOS SEGURA:  DOCTOR REIG,52 (VILADECANS)

JUAN AVIÑO:     Avda Magia, 24 (VILANOVA I LA GELTRU)

Control de alcoholemia

Cuando se habla de Controles de Alcoholemia, el término se refiere normalmente, a la medición de la concentración de alcohol en sangre, obtenido a través de la prueba de detección de alcohol presente en el aire espirado. Esta medición, utilizada habitualmente por los Cuerpos Policiales para determinar el grado de embriaguez de los conductores de vehículos, no resulta tan precisa como la detección directa del nivel de alcohol en sangre, ya que ciertos inhaladores de uso médico, medicamentos, o enjuagues bucales que contengan Etanol, pueden modificar los resultados del Control.

En nuestro País, las leyes actuales, permiten la conducción de vehículos, si la tasa de alcoholemia no supera los 0,25 miligramos por litro de aire  espirado.

Esta cifra se reduce a 0,15 miligramos en el caso de conductores noveles (menos de 2 años de carné) o de profesionales de la conducción, (Conductores de  Autobuses, Camioneros, etc.).

En cuanto al marco formal y legal que regula estos controles por parte de la Policía, es importante tener en cuenta lo siguiente:

Todo conductor, está obligado por Ley a seguir las indicaciones de los agentes para someterse al control de alcoholemia, ya que de no ser así, podría incurrir en un delito de desobediencia grave, tipificado en el Código Penal, y sancionado con una pena de entre seis meses y un año de prisión.

Respecto a los resultados de la prueba, si la tasa de alcohol es inferior a la permitida, el agente responsable de la realización de la misma, nos indicará que podemos reanudar la marcha inmediatamente.

En el caso de que la prueba resulte positiva, deberá ser repetida en una furgoneta policial, utilizando un medidor de alcohol espirado  mucho mas preciso, denominado etilómetro  evidencial.

Si no estuviésemos  de acuerdo con el resultado de esta segunda prueba, podemos solicitar ser conducidos a un hospital donde se nos realizará una nueva medición mediante análisis de sangre. En el caso de que estos análisis resulten positivos, deberemos pagar su importe.

Sanciones por alcoholemia

Las sanciones a las que nos podemos enfrentar en  el caso de conducir bajo los efectos de alcohol, son básicamente de dos tipos dependiendo de si se ha generado o no algún peligro para la seguridad del tráfico.

En ese caso, el Juez encargado de la instrucción, puede considerar la infracción  como delito, y procesar por tanto al infractor por la vía penal, procediendo a la aplicación de penas privativas de libertad y la retirad del carné por un período de 1 a 4 años.

En casos en los que no concurra peligro para terceros, se recurre normalmente a la sanción administrativa, en la que la conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas puede acarrear una sanción por infracción muy grave, con multas de hasta 600€ y retiradas de carné por un período de 3 a 24 meses.

Normalmente estas sanciones van aparejadas, a la retirada de 6 puntos en el carné de conducir.

Juega también un papel determinante a la hora de aplicar las sanciones, por una u otra vía,  si concurren circunstancias agravantes, como puede ser la temeridad manifiesta, que el conductor se vea o no implicado en un accidente, o si ha habido lesiones a terceros.

No puede sancionarse una misma infracción, por la vía penal y por la vía administrativa al mismo tiempo, por lo que normalmente, si un juez tras el correspondiente juicio, dicta sentencia absolutoria, es posible que la Delegación de Trafico, inicie los trámites para imponer una sanción administrativa.




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